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Hojas de Reclamaciones y Libros de Visitas

Os recordamos los cambios producidos en relación a los "Libros de hojas de quejas y reclamaciones" y "Libros de visitas":

  • HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES:

La Orden de 9 de febrero de 2015, por la que se regula la edición, distribución, comercialización e impresión de los ejemplares de Hojas de Quejas y Reclamaciones, establece que éstas serán libres (pero siempre sujeto al modelo de formulario de hojas de quejas y reclamaciones establecido en el Anexo I del Decreto 72/2008). Esto supone que las empresas o profesionales que deseen adquirir las hojas de quejas y reclamaciones para sus establecimientos o centros, podrán encargarlas  en cualquier imprenta o comprarlas en aquellos establecimientos que las comercialicen, desaparenciendo la obligación de adquisición en los Servicios Provinciales de Consumo.

 

  • LIBROS DE VISITAS:

El artículo 21.6 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, establece:

 

“Los funcionarios actuantes extenderán diligencia por escrito de cada actuación que realicen con ocasión de las visitas a los centros de trabajo o de las comprobaciones efectuadas mediante comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas.

Mediante Orden del titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social se determinarán los hechos y actos que deban incorporarse a las diligencias, su formato y su remisión a los sujetos inspeccionados, teniendo en cuenta que, en lo posible, se utilizarán medios electrónicos y que no se impondrán obligaciones a los interesados para adquirir o diligenciar cualquier clase de libros o formularios para la realización de dichas diligencias”

 

En el caso de las empresas que cuenten con Libro de Visitas habilitado, las diligencias se podrán seguir practicando en los mismos, por lo que se mantendrán a disposición de los funcionarios actuantes.

Sin perjuicio de lo anterior, se recuerda la obligación de conservar los libros de visitas agotados, de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 11 de abril de 2006, sobre el Libro de visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad social, vigente en lo que no contradiga o se oponga a la nueva Ley 23/2015, de 21 de julio.

Esperando que esta información, sea de vuestro interés, recibid un cordial saludo.

 

30 10-2015